Servir le da una mano a Dina Boluarte

Composición: Fabiola Granda
Iván Atilano

Iván Atilano

iatilano@elfoco.pe

Servir le da una mano a Dina Boluarte

Entidad adscrita a la PCM anuló la decisión del Reniec de no otorgarle una licencia por cinco años como jefa de la oficina de Surco.

El Tribunal de Servicio Civil (Servir), entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, ordenó este viernes anular la decisión del Reniec que rechazó el pedido de la vicepresidenta y ministra de Inclusión Social, Dina Boluarte, para que se le otorgue una licencia sin goce de haber por cinco años como jefa de la oficina de Surco.

Tras una apelación de Boluarte, el presidente de la Segunda Sala del tribunal, Guillermo Miranda Hurtado, y los vocales Sandro Nuñez Paz y Rosa María Carrillo Salazar ordenaron a Reniec emitir un nuevo pronunciamiento por falta de motivación, según la resolución a la que accedió EL FOCO. Sin embargo, también cuestionaron los argumentos del Reniec para rechazar el pedido.

Resolución del Tribunal de Servir sobre el pedido de licencia por cinco años de la vicepresidenta Dina Boluarte.

En su carta de respuesta a Boluarte, la gerente de Talento Humano de Reniec, Mónica Lopera Coronel, señaló que la entidad es parte del sistema electoral y que por tanto mantener “cualquier vinculación con el Poder Ejecutivo afectaría la neutralidad e imparcialidad del sistema”.

El Tribunal de Servir indicó que Reniec no analizó si las labores del cargo específico que ocupa Boluarte como jefa de la Oficina de Surco también afectan esa neutralidad. Además, Servir indica que la licencia implica una suspensión perfecta de labores, por lo cual la vicepresidenta no estaría ocupando dos cargos a la vez.

Argumentos del Tribunal del Servir para anular la decisión del Reniec sobre la licencia solicitada por Dina Boluarte.

La sala que preside Miranda también señala que en el reglamento de los servidores civiles no se prevé un límite para el plazo de licencia sin goce de haber. “Se observa que el artículo 47º, que regula, entre otros, el derecho a la licencia sin goce de remuneraciones por ejercicio de cargos cívicos, no prevé un límite máximo de tiempo para esta causal”, señala.

Guillermo Miranda Hurtado, presidente de la Segunda Sala del Tribunal de Servir, que anuló la resolución del Reniec. (Foto: Facebook)

Para el abogado José Naupari, especialista en temas derecho electoral, basta con que Boluarte sea militante de Perú Libre (lo es desde setiembre de 2020), partido del gobierno, para que no permanezca como funcionaria de una entidad del sistema electoral. “Si se pretende fortalecer la neutralidad política de los organismos del sistema electoral, lo que correspondería es que militantes no tengan cargos en estas instituciones”, dijo en diálogo con EL FOCO.

Naupari señala que sería peligroso que en este caso no se tome en cuenta la perspectiva de defensa institucional porque abre la puerta a que otras entidades del sistema tengan trabajadores de la misma naturaleza política.