Expertos de la ONU señalan que la detención de Pedro Castillo fue «arbitraria»

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU encontró fallas en el arresto y proceso judicial del expresidente. Los especialistas piden al Estado peruano la liberación de Castillo, repararlo y sancionar a los responsables.

Un órgano de expertos de las Naciones Unidas concluyó que la detención del expresidente Pedro Castillo fue arbitraria. El exmandatario fue detenido el 7 de diciembre de 2022, tras su intento de disolver el Congreso. La opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) del Consejo de Derechos Humanos de la ONU se aprobó el 14 de noviembre de 2025, pero recién fue publicada el último 4 de junio. El documento recomienda al Estado peruano disponer su libertad inmediata, otorgarle una reparación e investigar las irregularidades detectadas.

El GTDA está conformado por expertos que analizan denuncias individuales y las respuestas de los países antes de emitir sus opiniones. En este caso, examinó los argumentos de la defensa de Castillo y los descargos del Estado peruano.

Según el relato del informe, la propia escolta policial de Castillo lo interceptó cuando se dirigía a la embajada de México. Lo trasladaron a una dependencia policial, no al Congreso. Ahí, la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, ordenó su detención por rebelión y conspiración. La orden se basó en el mensaje a la nación que Castillo había dado horas antes.

Para el GTDA, esa detención no cumplió con la ley peruana. Según el grupo de trabajo, un presidente en ejercicio no puede ser detenido sin que antes se levante su antejuicio político. Ese trámite recién lo completó el Congreso cinco días después, cuando la detención ya se había producido.

Las dos primeras páginas del informe emitido por el grupo de expertos de la ONU sobre la detención de Pedro Castillo.

El informe también cuestiona a la entidad que dio la orden de detener a Castillo. Fue el Ministerio Público, y para el GTDA esa institución no es una «autoridad judicial independiente» según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Además, señala que la prisión preventiva  nunca se justificó frente a medidas menos duras.

El pronunciamiento no se queda en la detención. El GTDA también revisó el proceso posterior y encontró fallas al debido proceso. El Congreso adelantó su pleno del 7 de diciembre e incorporó, de último momento, el mensaje presidencial como nuevo sustento de la vacancia. La moción, además, solo tuvo dos firmas, cuando el Reglamento exige 26.

Según el informe, Castillo tampoco fue notificado a tiempo para defenderse antes de la vacancia por incapacidad moral. Y en la audiencia de prisión preventiva del 15 de diciembre, al no estar presente su abogado de confianza, le asignaron un defensor público sin su consentimiento y sin tiempo para revisar el caso. El informe suma otro punto: varios medios difundieron que uno de sus abogados era condenado por terrorismo. Según el GTDA, eso era falso y pudo alejar a otros defensores del caso. También cuestiona que autoridades hablaran de su responsabilidad penal antes de una sentencia, algo que habría afectado la independencia del proceso.

El pronunciamiento no fue unánime. Los cinco expertos discreparon sobre si la detención vulneró o no la libertad de expresión de Castillo. Miriam Estrada Castillo, experta de la ONU, sostuvo que el mensaje a la nación no tuvo efectos jurídicos al no contar con el respaldo de los ministros, y por ese motivo debió tratarse como una opinión política protegida.

El grupo de expertos de la ONU pidió al Estado peruano la liberación de Castilla y una reparación

Los expertos Ganna Yudkivska y Ethan Shin pensaron distinto. Para ellos, el discurso no fue una opinión, sino un «acto performativo». Es decir, una orden con efectos inmediatos, como disolver el Congreso e imponer un toque de queda. Lo compararon con el autogolpe de Alberto Fujimori en 1992, y por eso lo excluyeron de la protección a la libertad de expresión.

Un tercer experto, Matthew Gillett, discrepó de ambas posturas. Para él, el discurso debía analizarse con los estándares normales de libertad de expresión, sin crear una categoría especial. Aun así, coincidió en que la prisión preventiva fue arbitraria por falta de justificación.

El GTDA rechazó el argumento de discriminación por el origen campesino de Castillo presentada por la defensa del exmandatario. No halló pruebas suficientes y lo calificó como una disputa política propia de una democracia.

Al final, el Grupo de Trabajo recomienda al Perú liberar a Castillo, repararlo, investigar las irregularidades, sancionar a los responsables e informar en seis meses sobre las medidas adoptadas. La opinión no es vinculante y no se pronuncia sobre la culpabilidad o inocencia de Castillo en el juicio penal que sigue abierto.

¡Únete a nuestra comunidad en Patreon y apoya el periodismo independiente!

Accede a documentos exclusivos, entérate de nuestros reportajes antes que nadie y participa en nuestros grupos en WhatsApp y Telegram.